Desde Justicia Electoral aclaran que nadie puede llevar acompañantes al cuarto oscuro

Desde Justicia Electoral aclaran que nadie puede llevar acompañantes al cuarto oscuro
Foto: Última Hora - Édgar Medina

En contacto con Monumental 1080 AM, el asesor del Tribunal Superior de Justicia Electoral, señaló que la ley detalla que «solo, única y exclusivamente» pueden ser acompañadas las personas que tienen problemas motrices.

«Por ejemplo si no puede utilizar las manos para tocar la pantalla, en ese único caso la Ley autoriza a estar acompañados, pero si puede moverse no tiene por qué estar acompañados por nadie», refirió.

Agregó que gracias al sistema braille de las máquinas de votación, las personas no videntes no necesitan acompañamiento.

«Hemos dicho a todos los miembros de mesa del país que cuiden ese aspecto porque sino se toma como inducción al voto», señaló.

Al ser consultado sobre el procedimiento en caso de constatar que una persona acompaña a otra injustificadamente al cuarto oscuro, Mauro dijo que «se debe echar» al acompañante.

«El acompañamiento no se puede permitir. Si una persona pide acompañamiento se le pide que se retire porque no puede votar», sostuvo.

No obstante, si se da el caso, Mauro señaló que no se puede anular el voto ya hecho y que el presidente de mesa tiene la potestad de permitir o rechazar a los acompañantes.

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