¡Ou hina! Recuerdan plazo para que trabajadores perciban el aguinaldo

¡Ou hina! Recuerdan plazo para que trabajadores perciban el aguinaldo
Referencia web

Desde el 2018, el Ministerio de Trabajo impulsa una fuerte campaña preventiva que apunta al cumplimiento del derecho laboral del pago de aguilando, a través de su difusión masiva y fortalecimiento de los servicios de cálculo de haberes y orientación laboral a los trabajadores.

El artículo 243 del Código del Trabajo establece una remuneración anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año calendario a favor del trabajador en todo concepto (salario, horas extraordinarias, comisiones, u otras), la que será abonada hasta el 31 de diciembre, o en el momento en que termine la relación laboral si ello ocurre antes de esa época del año.

En caso de que el empleador no pague el aguinaldo, el trabajador puede hacer su denuncia a partir del 2 de enero del 2023 en forma presencial en la sede del Ministerio de Trabajo, situada en la calle Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarí, Asunción, así como en las oficinas regionales del interior del país.

Otras vías habilitadas para reclamos son las denuncias online, a través del Whatsapp, al número (0962) 174-000, o mediante una llamada al (021) 729-0100, internos 551 y 552.