Padres morosos no podrán vender ni registrar inmuebles y vehículos a sus nombres

Padres morosos no podrán vender ni registrar inmuebles y vehículos a sus nombres
Foto :Captura de pantalla - NPY

Desde este lunes 22 de abril, ningún padre que esté en deuda con sus hijos por prestación alimentaria figurarán en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam).

El hecho de figurar en Redam priva al padre irresponsable de varios trámites públicos, entre ellos la compra y el registro a sus nombres de bienes inmuebles y vehículos. Tampoco podrán sacar registros de conducir.

«La sanción es no gozar de la seguridad jurídica que brinda el registro de estos actos en los registros públicos. La compra venta como tal es válida, lo que no va a poder ser es que esta escritura tenga acceso al registro y sea publicitada ante todos que una persona determinada es propietaria de bien, que es lo que finalmente la gente quiere», explicó Lourdes González, directora de Registros Públicos.

Para revertir estas limitaciones, los padres morosos deberán ponerse al día con sus hijos, trámite que se hace con los Juzgados que establecieron la medida y que solo con una orden de levantamiento del Juzgado competente se saca el nombre del ciudadano que se haya puesto al día o haya obtenido un acuerdo para salir de la mora.