Los jubilados deberán demostrar a IPS cada tres meses que están vivos para que la institución les pague sus haberes jubilatorios.
Así lo anunciaron a través de un comunicado en el que detallan que la decisión se basa en la Resolución N° 061-029/2024 por la que reactivan la Resolución N° 012-026/2018, que establece “la obligatoriedad del control de sobrevivencia en los centros médicos y administrativos de IPS”.
El procedimiento implica que el jubilado deba acercarse a los distintos establecimientos de IPS cada tres meses, con cédula en mano, para “confirmar su derecho a seguir percibiendo los beneficios correspondientes” y que caso contrario, “el pago de los beneficios será suspendido”.
Aclara el IPS que si un beneficiado no se acercó a la institución en el plazo establecido para probar que está vivo, puede, sin embargo, rectificarlo y cobrar con efectos retroactivos.
“Una vez que se acredite la sobrevivencia, los pagos serán con efectos retroactivos”, dice el cuestionado comunicado.